En mérito a lo antes explanado, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declara CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentó la ciudadana NADIA HALLAK CHAKIAN DE MANJOUD, titular de la cédula de identidad N° V-12.565.358, asistida por las abogadas NAIMA TERESA BEYLOUNE BEYLOUNE y LUZ MARINA ANIBAL ROMERO, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los
Nos. 29.302 y 24.040 respectivamente, contra los ciudadanos ROBERTO CARLOS FERNANDEZ TARAZONA y FRANCISCO JOSE SALAZAR
LOGGIODICE, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-24.817.097 y V-14.665.514 respectivamente, sobre una extensión de terreno ubicado en la Calle Rivas, Nº 134-A, Barrio La Democracia, en esta Ciudad de Maracay, Estado Aragua, destinado a actividad comercial.
En tal sentido, y en virtud del presente fallo que.....