D I S P O S I T I V A
Por todas las consideraciones antes expuestas esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ABG. PABLO SEIJAS, de Defensor Público Septuagésimo Sexto (76º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, Defensor de los ciudadanos YONAIKER PÉREZ PLAZA y YORGERBERSON PÉREZ PLAZA, apela de la decisión proferida por el Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia en Funciones de Control Estadal de este Circuito Judicial Penal, de fecha 11 de agoto de 2014, mediante la cual declaró la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, conforme a lo previsto en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3; 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero y 238 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, a los mencionados c.....