Por lo antes expuesto, éste Juzgado NO TIENE COMPETENCIA POR EL TERRITORIO, para seguir conociendo de la presente Solicitud de Ofrecimiento de Obligación de Manutención y por consiguiente considera que a quien le corresponde seguir conociéndola es al Juzgado del Municipio Libertador de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. De modo que se dejarán transcurrir los 05 días que confiere el ordenamiento jurídico; para que las partes ejerzan el recurso que les corresponda, si a bien lo tuvieren.-