Es por ello, que este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa, y se ORDENA oficiar al Jefe de la Oficina Administrativa de Guarenas del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, a consignar copias fotostáticas de la Sentencia Definitiva N° 2281 dictada por este Juzgado en fecha 04 de noviembre de 2015 y de la Sentencia N° 00772 de fecha 05 de diciembre de 2019, emanada de la Sala Política Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia y de la Sentencia Interlocutoria que ordena las copias, para su posterior certificación por secretaria y su envío para la ejecución de lo ordenado por nuestro Máximo Tribunal de Justicia. Por lo que se insta a la representación judicial del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales a comparecer ante este Órgano Jurisdiccional a los fines de reproducir las copias fotostáticas de las referidas sentencias. Es todo. Líbrese oficios.....