este Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario, decide declarar INADMISIBLE el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente al Jerárquico en fecha 03/03/08, ante la Gerencia General de Tributos del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), hoy Instituto Nacional de Capacitación y educación Socialista (INCES), por los abogados RUBEN PALENCIA PADRÓN y VERÓNICA CAMPOS COELLO, titulares de la cédula de identidad N° V.- 639.260 y N° V.- 6.975.859, respectivamente, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 3825.701 y N° 42.028, actuando en su supuesto carácter de apoderados judiciales de la recurrente VEPICA WOOD GROUP, C.A., quienes indicaron que la misma se encuentra inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 25, Tomo 110-A-Pro, en fecha 14 de Junio de 2001; contra la Decisión N° 210.100-003-014 de fecha 17 de enero de 2008, la cual declaró SIN LUGAR la solicitud de c.....