Revisado el contenido del acuerdo alcanzado entre las partes anteriormente referida, este Tribunal observa que la misma cumple con los extremos establecidos en la Constitución y las Leyes y en virtud de ello, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara La Homologación de la conciliación alcanzada en los términos expuestos, mediante el pago de un monto único estimado en la cantidad de TREINTA Y UN MIL BOLIVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 31.000.oo) que comprenden la totalidad de los conceptos demandados y pone fin a este juicio, en consecuencia ordena el cierre y archivo del expediente. Déjese copia de la misma para el copiador.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los cuatro (04) días del mes de marzo de 2009. Años 198° de la In.....