Este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 25 días del mes de febrero de 2015 por este Tribunal.