No obstante lo anterior, y habiendo quedando esclarecido el hecho de ser a mí solo juicio, conforme a la norma, la jurisprudencia y la doctrina, el fijar los honorarios de los jueces asociados, considera esta juzgadora expresar que nada le impide en satisfacer el interés del peticionario en cuanto a manifestar que elementos obraron en mi juicio, para establecer los honorarios. Estos fueron, fundamentalmente, el monto aspirado por las demandadas al contradecir la estimación de la demanda de la actora que sumados constituye la cantidad de UN MILLON SESENTA Y SEIS MIL CIENTO TRES DOLARES ESTADOUNIDENSES CON VEINTITRES CENTAVOS DE DÓLAR ESTADOUNIDENSES (1.066.103,23 USD) de dólares, equivalentes a TRES BILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES CON QUINIENTAS SETENTA Y SIETE CENTIMOS (3.246.422.822.159,577 Bs); que corresponde a CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTAS VEINTIUN MIL CIENTO CUARENT.....