PROCENTE la medida cautelar solicitada ORDENA: Que el solicitante presente una garantía a satisfacción del tribunal de hasta 50 Salarios Mínimos, es decir la cantidad de Treinta Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Quinientos Bolívares ( Bs. 30.739.500,00) los cuales reconvertidos a la actual moneda asciende a la cantidad de Treinta Mil Setecientos Treinta y Nueve Bolívares con cincuenta céntimos ( Bsf. 30.739,50) y una vez acreditada a satisfacción de este Juzgado en conformidad con lo dispuesto en el artículo 590 del Código de Procedimiento Civil, se procederá a decretar la suspensión de los efectos del acto administrativo impugnado.