En  mérito   a  lo    antes   expuesto y  por cuanto están cumplidas  las exigencias establecidas en el Artículo 185-A,  este  Juzgado  Segundo  de   los Municipios  Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana   de   Venezuela   y     por    autoridad     de     la  Ley, declara  "CON LUGAR", la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: TIRSO  PACHECO MORILLO y MARIA  DEL ROSARIO MAICA VELIZ  DE PACHECO,   titulares   de las cédulas de identidad Nos. V-7.241.834  y  V-9.642.977, respectivamente, asistidos por  la Abogada  ANA YANSY MIJARES DE GONZALEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº   30.196.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial  contraído por ante  el  REGISTRO  CIVIL DEL MUNICIPIO  FRANCISCO LINARES ALCANTARA  DEL ESTADO ARAGUA,  según acta de matrimonio Nº  46,  Folio  91, Tomo 1°,   Año  2005,   inserta al folio 0.....