Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 23 de febrero de 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ERIKS ELEXANDER BORGES VENTURA, ya identificado, en contra de la sociedad mercantil SOLINTEX DE VENEZUELA, S.A., y en consecuencia SE CONDENA a la accionada, a cancelar al demandante, la cantidad de quinientos mil bolívares (Bs. 500.000,00) por concepto de daño moral. TERCERO: Dada la naturaleza de la present.....