Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO SÉXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO COMO DEL NUEVO RÉGIMEN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE LA VICTORIA garante del debido proceso y de la tutela Judicial administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se ordena pagar por concepto de emolumentos a la parte condenada la cantidad de NOVECIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs. 900,00), a favor de la auxiliar de justicia ciudadana Licenciada GLADYS SANDOVAL, plenamente identificada en autos. SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Empresa Mercantil FRUTERIA, LUNCHERIA FRUTICENTER C.A. y se fija audiencia conciliatoria para el tercer (3º) día de despacho siguiente a que conste en autos la certificación por parte de la secretaría de la notificación de la empresa demandada a las once de la mañana (11:0.....