Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, SEDE LA VICTORIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara, SIN LUGAR la demanda que por Beneficios Sociales incoara la ciudadana YAMIRA EGLE MENDOZA PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.699.283 contra la Sociedad Mercantil FÁBRICA DE CALZADOS URSS, C.A. No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del caso. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA. DADA, FIRMADA, SELLADA, A LOS CUATRO (04) DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE (2012), AÑOS 202° DE LA INDEPENDENCIA Y 153° DE LA FEDERACIÓN.