Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil Bienes de Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARO: INADMISIBLE la solicitud de Aclaratoria de Sentencia solicitada por el Abogado Edilberto Natera, plenamente identificado, de la decisión dictada por este Juzgado en fecha 18 de mayo de 2012, en el juicio por Resolución de Contrato con Reserva de Dominio interpuesta por la SOCIEDAD DE GARANTIAS RECIPROCAS DEL ESTADO MONAGAS contra el ciudadano FRANCISCO JOSÉ GÓMEZ MARTÍNEZ.