DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua , administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la pretensión de Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio suscrito en la Notaría Pública trigésima en fecha 29 de Septiembre de 2.008, con fecha cierta del 22 de Septiembre de 2.010, archivado bajo el Nº 06, intentado por el BANCO MERCANTIL, C.A. (BANCO UNIVERSAL), contra el ciudadano RENSO JAVIER AVENDAÑO GUTIERREZ, previamente identificado.
En consecuencia, se condena al demandado a devolver el vehículo dado en venta bajo la modalidad con reserva de dominio de las siguientes características. Un vehículo automotor Marca FORD, Modelo F-350 49MK F-350 4X4 EFEI, Año 2.009, COLOR AZUL, TIPO CHASIS, USO CARGA, SERIAL DEL MOTOR 9 A25025 SERIAL DE CARROCERIA 8YTKF375X98A25025 PLACA A65AD6K.
De igual manera, se declara que .....