este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el siguiente pronunciamiento. PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizada sin coacción ni apremio, a la cual se adhirió su defensa, este Tribunal CONDENA al acusado: JHOSEPH STEVE ESCALANTE LOPEZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.252.337, nacido en fecha 05-07-1993, de 25 años de edad, de profesión u oficio: obrero, residenciado en: EL CASTAÑO CALLE 36 CASA NUMERO 37, SECTOR A, LA VICTORIA ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION,. por encontrarlo culpable en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionados en el artículo 458 del Código Penal Venezolano y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la para el Desarme y Control de Armas y Municiones; igu.....