declara: PRIMERO: Reponer la presente causa al estado de que el experto contable designado y juramentado, Licenciado RICARDO MENDOZA CHAURAN, colegiado bajo el N° C.P.C. 13..980, realice una nueva experticia complementaria del fallo ajustándose a los parámetros establecidos en la decisión de fecha 25 de mayo de 2018. SEGUNDO: La nulidad del informe pericial realizado por el experto contable cursante a los folios 86 al 93, ambos inclusive, del expediente. Se le concede al experto tres días hábiles para presentar el nuevo informe de experticia complementaria del fallo.-