D E C I S I Ó N
En vista de las consideraciones antes expuestas y del análisis exhaustivo de todas las actas que conforman el presente expediente, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA POR DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑO MORAL, presentada por el ciudadano MIGUEL ZAMOUR HONSI, titular de la cédula de identidad Nº V-12.342.481, contra los ciudadanosALEXIS ROMAN LOPEZ RANGEL, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-12.984.270 y LILIBETH JOSEFINA MORA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-13.722.610.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA. Dada, sellada y firmada en la sala del TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO.....