Por las razones de hecho y aunado a ello el principio constitucional que establece: Que el Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismo o reposiciones inútiles, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, por perdida del interés procesal de la parte Apelante, para la prosecución del recurso ejercido en fecha 09-12-2022 por la parte co-demandada, Sociedad Mercantil INVERSIONES 51.159, C.A y MARIA EUGENIA FERNÁNDEZ DE D´EMPAIRE, supra identificada, siendo acordado dicho recurso por este Juzgado en un solo efecto en fecha 12 de Diciembre de 2022,contra el fallo proferido por este Tribunal en fecha 05 de Diciembre de 2022