En consecuencia, tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Sebastián de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, la cual acordaron las partes en el presente expediente, que con motivo de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoara el ciudadano RUMMELL JOSÉ PÉREZ FRIAS, venezolano, mayor de edad, soltero, de Ocupación Comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.886.835, en contra de la ciudadana ELEM CLEMENCIA TORO LIZCANO