Por las razones expuestas, este Juzgado en función de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, con la Autoridad que le confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente DECRETA: La Sustitución de LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD Impuesta al adolescente SANCIONADO ANGEL ANTONIO TROYA por la de SEMI LIBERTAD en la modalidad de la formula alternativa del cumplimiento de pena, RÉGIMEN ABIERTO en aplicación por supletoriedad del artículo 537 ejusdem, del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en lo referente a la formula alternativa del cumplimiento de pena, RÉGIMEN ABIERTO y LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTAS previstas en el artículo 627, 626 y 624 ejusdem, y en relación del principio de PROGRESIVIDAD EFECTIVA Y TUTELADA POR EL ESTADO VENEZOLANO DE ACUERDO A LA NORMA DEL ARTÍCULO 19 y 78 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLÍVARIANA DE VENEZUELA el cual.....