Con fundamento en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se declara. Primero: la Homologación del desistimiento de la Acción de Amparo Constitucional ejercida por PRETENSADOS BVENEZOLANOS C.A. (PREVENCA), contra actuaciones del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. Segundo: En virtud de la naturaleza de la presente decisión y por cuanto la sustanciación del asunto, pertenece a este Despacho actuando en Primara Instancia; es por lo que se ordena el cierre y archivo del expediente.-