Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial laboral del Estado Aragua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el presente asunto incoado por el ciudadano JOSE DEL CARMEN DÍAZ CELIS, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.306.071, contra la empresa mercantil VIGILANCIA PRIVADA 24 HORAS, C.A. por lo que se ordena a la demandada cancelar a la parte actora la suma de: ONCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UN BOLÍVARES FUERTES CON VEINTE CENTIMOS (BS. 11.751,20), por los conceptos demandados y por el cual éste Tribunal condena. Dada, sellada y firmada en la Sala de Audiencias del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, Maracay, a los Cuatro (04) días del mes de Agosto de 2011. Años: 200º de la Independencia y 152º de .....