De conformidad con lo estatuido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se ORDENA la apertura al JUICIO ORAL Y PUBLICO al ya identificado Imputado YOLDI JOSÉ HERRERA ROMERO; se emplaza a las partes para que en el lapso legal acudan al Tribunal de Juicio respectivo. Se acuerda por Secretaría la remisión de la causa en compulsa al Tribunal de Juicio de este mismo Circuito judicial Penal, para ser anexadas a la Causa principal, así como de la documentación y objetos materiales.
Diarícese. Remítase. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ
EL SECRETARIO,
ABG. BRUNO ACOSTA
En la misma oportunidad se cumplió lo ordenado.
El Secretario.
CAUSA N°: 6C-8111/06