Por los razonamientos ante expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda que por DESALOJO intentó la ciudadana YURMING YANIDA ULLOA OLIVO, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad
Nº V-14.491.533, asistida por la abogada CARMEN YOLETTI OLIVO, inpreabogado Nº 22.182, contra la ciudadana AZOCAR LUISA ELINA, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-8.975.982 y de éste domicilio, todos identificados en autos, sobre un inmueble constituido por un
apartamento ubicado en el conjunto residencial La Fundación Maracay II, edificio 16, identificado con el Nº 16-32, Maracay, Municipio Girardot del Estado Aragua.-
En tal sentido, y en virtud del presente fallo quedan extinguidas las obligaciones derivadas del Contrato de Arrendamiento y se .....