Por las razones antes expuestas, este Tribunal declara CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO solicitada por el ciudadano Reuben Morales, titular de la Cédula de Identidad N° 14.964.934, y en tal sentido ordena que se rectifique el error mencionado en los términos siguientes: en el Acta de Nacimiento del ciudadano Reuben Eduardo Morales Weggeman, signada con el Nro. 464, folios 232 Vto, Tomo 1, la cual fue emitida por la Primera Autoridad Civil del Municipio El Hatillo, del Distrito Sucre del Estado Miranda, en fecha 5 de septiembre de 1980, donde dice: "NATURAL DE SAN PEDRO, DEL ESTADO TACHIRA, REPUBLICA DE VENEZUELA", deberá leerse: "NACIDO EN CUCUTA, REPUBLICA DE COLOMBIA", como real y legalmente corresponde.
En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente al Registro Principal del Estado Miranda, así como a la Primera Autoridad Civil del Municipio El Hatillo, del Distrito Sucre del Estado Miranda. Líbrense oficios a las autoridades respectivas y anéxese a los mismos cop.....