D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO (falta de afecto) presentado por la ciudadana LORENA DEL CARMEN LOPEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-12.170.171, contra al ciudadano JOSE EDY PUERTA LEDEZMA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-11.177.808 y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día 10 de Diciembre del año 2004, por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Aragua, según consta de acta de matrimonio signada con el número 293, folio 585 del año 2004, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, concatenado con la Sentencia N.º 1070 dictada por la S.....