Orden de Abrir el Juicio Oral y Público
Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 330 ordinal 2° y 331 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, contra de los acusados NORBERTO ANTONIO CARDOZO RODRÍGUEZ Y LUIS ENRIQUE OSORIO NARIAS, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458, del Código Penal Venezolano Vigente para el momento en que sucedieron los hechos, en perjuicio del ciudadano HENRY RAFAEL RINCONES.-
DE LA MEDIDA PRIVATIVA
Se mantiene la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos NORBETO ANTONIO CARDOZO RODRIGUEZ y LUIS ENRIQUE OSORIO NARIAS, en virtud de no haber variado las circunstancias que dieron origen a la misma.
Emplazamiento a las partes
Se emplaza a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurran ante el Tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.
Instrucción al Secretario
Se instruye al Secre.....