En mérito, a lo antes razonado, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario  Briceño   Iragorry   de  la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando  Justicia  y  en Nombre de  la  Ley, declara  CON LUGAR  la demanda que por  DESALOJO,  intento el  ciudadano  JOSE  ANTONIO BUSTAMANTE,  mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.754.583, a través de su apoderada judicial Abogada  JHEILA JOSEFINA SANTOS PADRON,  Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo  los Nros. 142.822, ocurrió a demandar la ciudadana  DILIA  MARLENE  OROPEZA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.094.418,  su carácter de arrendataria de un inmueble  constituido  por en la Calle José Pérez Ramos, N° 15, Barrio Piñonal, en esta Ciudad  de Maracay,  Estado Aragua, con un área aproximada de Trescientos Cuarenta y Ocho Metros Cuadrados con cincuenta y Seis ( 348,56 Mts.2); con un área aproximada de Trescientos Cuarenta y Ocho Metros Cuadrados co.....