En mérito, a lo antes razonado, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia y en Nombre de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, intento el ciudadano JOSE ANTONIO BUSTAMANTE, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.754.583, a través de su apoderada judicial Abogada JHEILA JOSEFINA SANTOS PADRON, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 142.822, ocurrió a demandar la ciudadana DILIA MARLENE OROPEZA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.094.418, su carácter de arrendataria de un inmueble constituido por en la Calle José Pérez Ramos, N° 15, Barrio Piñonal, en esta Ciudad de Maracay, Estado Aragua, con un área aproximada de Trescientos Cuarenta y Ocho Metros Cuadrados con cincuenta y Seis ( 348,56 Mts.2); con un área aproximada de Trescientos Cuarenta y Ocho Metros Cuadrados co.....