este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por la este comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio del Estado Venezolano, al imputado : GILBERTO ALEJANDRO SALAS RODRIGUEZ. De conformidad con lo establecido en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal. Y le fija un REGIMEN DE PRUEBA, por el lapso de CUATRO (04) MESES, a tenor de lo previsto en el del artículo 359 del Código Orgánico Procesal Penal.-