declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Nulidad del Acto Administrativo, interpuesto por los ciudadanos abogados OSWALDO RODRIGUEZ y ALEJANDRA PAZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 128.391 y 149.344 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la entidad de trabajo CERVECERIA POLAR C.A contra la Providencia Administrativa No. 00445-13 de fecha 26 de julio del año 2013 que declaró con lugar la Solicitud de Reenganche y pago de los salarios caídos del trabajador JOHN STEVE RAMOS AVENDAÑO, contra la entidad de trabajo CERVECERIA POLAR C.A, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador con Sede en Maracay del estado Aragua, en el Expediente Nº 043-13-01-01734.
SEGUNDO: Se anula el acto administrativo No. 00445-13 de fecha 26 de julio del año 2013 que declaró con lugar la Solicitud de Reenganche y pago de los salarios ca.....