Ahora bien, visto de autos que el Juzgado comisionado, vale decir, el Juzgado Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, devuelve a este Juzgado Superior Agrario, la comisión sin cumplir, en razón, de que el Alguacil del referido Juzgado de Primera Instancia consigna sin firmar las boleta de notificaciones de las partes por no haber sido localizadas, comisión ésta, que posteriormente es devuelta a este Instancia Superior Agraria Nº 0810-469, del 28/10/2015, emanado del Juzgado Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, es motivo por el cual, considera quien suscribe, que con tal proceder yerro el Juzgado comisionado por incumplimiento de la comisión que le fuera conferida mediante oficio Nº 0321-2014, ya que debía darle cumplimiento a la notificaciones de las partes conforme a lo establecido en el artíc.....