DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, ABSUELVE al ciudadano: JONATHAN JOSE MONTES VELIZ, quien es mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.835.625, de 29 años de edad, natural de: Puerto Ayacucho, Estado Amazonas barrio la tigrera calle principal detrás del parque casa sin numero. Por cuanto no quedo demostrado en lo largo del Debate Oral y Público, su participación en la comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149, segundo aparte de la ley .....