Ahora bien, en virtud de lo anterior y ante el convenimiento hecho por la parte demandada, así como las normas antes transcritas este Tribunal imparte su HOMOLOGACIÓN dándole autoridad de cosa juzgada en lo relativo al reconocimiento del contenido y firma del documento privado objeto del presente juicio, que riela al folio 05 y su vuelto, suscrito por el ciudadano SILVERIO DA SILVA TEIXEIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° V.- 9.650.419, actuando en este acto en su condición de presidente de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN ALIANZA, C.A., y por la otra parte, la Sociedad Mercantil PROMOTORA MONTECRETO, C.A., representada por su director gerente, el ciudadano ROBERTO IPPOLITO GIBERTINI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V.- 6.823.965; cabe destacar que la presente homologación solo abarca el reconocimiento hecho por las partes de la firma y el contenido del documento privado objeto del presente juicio. Se.....