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"Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: UNICO: LA REMISIÓN DEL EXPEDIENTE al Tribunal Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a fin que celebre la Audiencia Preliminar a la acción presentada por la ciudadana LILIANA DAYANARA RIZZO GOMEZ, titular de la cédula de identidad V-18.245.245, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, contra la entidad de trabajo BANCO DEL CARIBE, BANCO UNIVERSAL, C.A, RIF N° J-07013380-5.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del.....