Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: MIGDALINA DEL VALLE GARCÌA y JAVIER ANTONIO CENTENO GARCÌA, Venezolanos, mayores de edad, y de este domicilio, Títulares de las Cédulas de Identidad Números V-12.635.277 y V-11.632.181, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal que contrajeron en fecha DIECINUEVE (19) de ENERO del año Mil Novecientos Ochenta y Nueve (1989), según se evidencia de la CERTIFICACIÓN expedida ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Zaraza (hoy Municipio Zaraza) del Estado Guárico, dicha Partida de Matrimonio fue inserta bajo el Acta Nº 03, Folio 10, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, que reposan en el.....