Primero: Declarar su competencia para conocer, sustanciar y decidir el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Solicitud de Amparo Constitucional Cautelar y subsidiariamente, con Solicitud de Suspensión de Efectos, por los abogados José Rafael Gamus y Lourdes Nieto Ferro, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Arte Zania & Co, C.A., ut supra identificados, contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución Administrativa Nº L. 116.06/2008, fechada diez (10) de junio de dos mil ocho (2008), dictada por Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Autónomo Chacao del Estado Bolivariano de Miranda.
Segundo: Admitir el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Solicitud de Amparo Constitucional Cautelar y subsidiariamente, con Solicitud de Suspensión de Efectos, quedando a salvo la posibilidad de revisar si, sobrevenidamente, se conf.....