Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada contra de la decisión dictada en fecha 17 de octubre de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana BETTY ARELYS MONTERO FAJARDO, contra de la sociedad mercantil MALU ALTA PELUQUERIA C.A., y en consecuencia SE CONDENA a la entidad de trabajo accionada a cancelarle las cantidades establecidas en la motiva de la presente decisión. TERCERO: Se .....