DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la acción de amparo Constitucional incoada por el ciudadano RAFAEL RAMÓN LÓPEZ MARTÍNEZ, contra la sentencia definitiva proferida en fecha 09 de junio de 2017, en la causa Nº DP11-N-2011-000147, tramitada por el Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los 04 días del mes de diciembre de 2017. Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
EL JUEZ CONSTITUCIONAL,
ABG. LUIS ENRIQUE CORDOVA FLORES
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