Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio y condena a la parte demandada a: PRIMERO: Restituir el inmueble dado en comodato, constituido por un apartamento destinado a oficinas, ubicado en la Planta Baja de la Quinta TEZUIL, situada en la Avenida Principal de las Delicias, N° 77, Urbanización el Toro de esta ciudad, en la jurisdicción del Municipio Girardot del Estado. SEGUNDO: Pagar las costas y gastos del proceso.-
Publíquese regístrese y notifíquese de conformidad con lo establecido en los Artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en Maracay, a los cinco (05) días del mes de Fe.....