esta Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana la ciudadana THAIDI BRITO, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 121.996, actuando con el carácter de defensora de las ciudadanas NÉLIDA IRIS CUMANÁ MALAVÉ y KEISA JOSEFINA CARRASCO MONTAÑO; en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 10 de diciembre de 2009, mediante la cual decretó en contra de la ciudadana NÉLIDA IRIS CUMANÁ MALAVÉ, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1,2 y 3; 251 numerales 2 y 3 y Parágrafo Primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de TRÁFICO IL.....