D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: INADMISIBLE, la presente solicitud que por INSERCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, interpuesta el abogado VICTOR MANUEL MALDONADO VENERO, inscrito en Inpreabogado bajo el Nro. 139.207, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano DANIEL EDUARDO MORALES LAZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.179.362.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los cinco (05) días del mes de Febrero del año Dos Mil Quince (2.015). Años 204° de.....