Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial conjuntamente con Amparo Cautelar incoado por el ciudadano MIGUEL ALBERTO BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.309.857, debidamente asistido en ese acto por la ciudadano abogada Dionny May inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 88.054, en su condición de Defensora Pública Primera Provisoria con competencia en materia contencioso administrativo del estado Aragua, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE ARAGUA.
2.- IMPROCEDENTE la reincorporación del querellante al cargo que venía desempeñando, pues el acto no adolece de vicios que lo afecten de nulidad, de conformidad con la par.....