V. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la Apelación interpuesta por la parte actora SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO METAL, C.A, a través de su Apoderado Judicial Abogada LINA CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.461.410, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 120.034, y sus Abogados Asistentes: ABG. CARLOS LUIS GALLARDO AMPUEDA, ABG. CARLOS TAYLHARDAT GARCIA y ABG. AURA VILETA DIAZ DE PERALES, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 33.694, 18.971 y 35.167 respectivamente, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 05 de Octubre de 2006, por el Juzgado de.....