En atención a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la Acción Merodeclarativa Concubinaria intentada por el ciudadano DOMINGO GUZMAN GUTIERREZ PACHECO, en contra de la ciudadana LUISA TREMOLA, ambos plenamente identificados.