DISPOSITIVA
En consecuencia a lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECLARA: la PENA CUMPLIDA POR EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en lo que respecta a la pena corporal al penado ENDER LEONARDO AMPIES SIFUENTES, titular de la Cedula de identidad Nº 20.896.199, quien se encuentra en DETENCION DOMICILIARIO, en la siguiente dirección: LA COROMOTO AV. 103, CRUCE CON CALLE ARUO TORRE BOLIVARIANA, TORRE 06, PISO 02, APARTAMENTO 02-04, MARACAY ESTADO ARAGUA; en la causa mediante el cual fue sentenciado por el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, de fecha: 18/12/2015, en la cual CONDENÓ ANTICIPADAMENTE, en virtud del Procedimiento de Admisión de los Hechos de conformidad con el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, a la .....