este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La Inadmisibilidad de la oferta Real presentada por el MUNICIPIO GIRARDOT, a favor de la ciudadana ANAHIS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.296.135.