Fundamentado en los señalamientos expuestos con antelación, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA SOBRESEIMIENTO, en la causa seguida contra PEDRO CESAR MORALES BERMUDEZ, Venezolano, natural de la Guaria Estado Vargas, nacido en fecha 21/09/1977, de 31 años de edad, profesión u oficio, Técnico en Seguridad Industrial, hijo de CARMEN ARACELYS BERMUDEZ (V) Y HECTOR ANTONIO MORALES (V), titular de la cédula de identidad Nº 13.671.964 y domiciliado CALLE "K" CASA Nº 36, URBANIZACION CAMPO LINDO, PUNTA DE MATA, MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA, Estado Monagas en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 ordinal 3° Venezolano del Código Orgánico Procesal Penal y 108 ordinal 5° del Código Penal Venezolano vigente para la fecha. En consecuencia se decreta el Ce.....