Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la abogada LISSETH JORDÁN, inpreabogado No. 94.210, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ROSA MERCEDES RENGIFO MEDINA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-791.236, contra sentencia dictada por el Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry en fecha 05 de junio de 2009.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de comodato intentada por el abogado ALFREDO ROMÁN, inpreabogado No. 20.715, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana SONIA DE JESÚS LARA PEÑA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-3.968.479, contra la ciudadana ROSA MERCEDES RENGIFO .....