Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 18 de febrero de 2011, por la abogada YADIRA PÉREZ CAMPOS, Defensora Pública Penal Vigésima Sexta de esta Circunscripción Judicial, en su condición de defensora de los imputados ROGELIO JAVIER SOSA y JUAN CARLOS ZAMBRANO ZAMBRANO, y en consecuencia CONFIRMA la decisión dictada el 11 de febrero de 2011 en la audiencia para oír al imputado cuyo auto fundado fue publicado el 15 de febrero de 2011, por el Juzgado Quincuagésimo Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó la privación judicial preventiva de libertad a imputados ROGELIO JAVIER SOSA, JUAN CARLOS ZAMBRANO ZAMBRANO, DERVINSON GUMERCINDO VELASQUEZ, JOSBEL ALEJANDRO MENDEZ VEGAS y JOS.....